Tarifas

Tarifas especiales


Al ser una entidad sin ánimo de lucro podemos ofrecer unos precios muy especiales sin disminuir la calidad del servicio.

Habitación
Doble

1.239 €

Al mes (IVA Incluido)

Habitación  
Individual

1.470 €

Al mes (IVA Incluido)

Reglamento de Régimen Interno

La residencia dispone de un "Reglamento de Régimen Interior" que tiene por finalidad lograr la mejor armonía en el desarrollo de la actividad de la Residencia y asegurar de esta manera la mejor calidad del servicio que en la misma se presta. 
El Reglamento regula la prestación por parte del Centro a sus Residentes, de los servicios contratados, definiendo igualmente el marco de los derechos y obligaciones en que tal prestación se lleva a cabo. 

Este Reglamento se establece de conformidad con lo exigido al respecto por la normativa legal aplicable a la prestación de servicios sociales a la Tercera Edad y constituye, junto con el Contrato de Admisión e Ingreso del Residente, el marco contractual que regula las relaciones entre éste y el Centro derivadas de su estancia en el mismo. 
Reglamento de Régimen Interno
Derechos de los Residentes
Los Residentes, durante su estancia en la Residencia, gozan de los siguientes derechos: 
1. A recibir, de conformidad con el contrato suscrito, los servicios que el Centro ofrece
2. A la información, a la intimidad personal, a considerar el Centro como su domicilio a todos los efectos, al conocimiento de las condiciones contratadas y de las revisiones que cupiera hacer de las mismas y a no ser discriminado por razón de sexo, raza, ideología, religión u opinión política. 
3. Al ingreso libre y voluntario en el Centro sujeto únicamente a las disponibilidades existentes de plazas y a la adecuación del Residente a las especiales condiciones que puedan exigirse en el mismo. 
4. La Residencia funciona en régimen abierto, por lo que los Residentes gozan de entera libertad de entrada y salida de la misma, con las únicas limitaciones derivadas del horario de apertura y cierre establecido para el Centro. La Residencia no se responsabiliza de los daños, perjuicios, etc. que reciba o provoque el Residente de o a terceros cuando se encuentre fuera del Centro. 
5. El Residente tiene derecho a recibir las visitas de familiares, amigos, allegados, etc. que desee y juzgue de su interés, con respeto a la intimidad personal de las comunicaciones, sean éstas personales o por cualquier otro medio. Para un mejor funcionamiento del Centro la Dirección del mismo podrá, si así lo juzga necesario, 
establecer recomendaciones en cuanto a los horarios de visitas y comunicaciones con el exterior.
6. No se impondrán al Residente limitaciones a su libertad de movimientos, circulación y comunicación personal salvo que vengan impuestas por resolución judicial o por prescripción facultativa en caso de urgencia. En este último supuesto, y en caso necesario, se adoptarán las medidas necesarias para convalidar dicha prescripción facultativa. En cualquier caso se establecerán las necesarias medidas de protección y control cuando, por condiciones de índole física y/o psíquica, puedan preverse situaciones de riesgo para la integridad de los usuarios. 
7. Los Residentes tienen derecho a ser informados de cualquier incidencia que pudiera presentarse así como de la evolución de su estado de salud. En caso de urgencia la supervisión del centro queda expresamente autorizada para actuar por propia iniciativa en la manera que más conveniente considere para el bienestar del Residente, debiendo informar a la mayor brevedad posible de su actuación a los Responsables del mismo. 
8. Los Residentes tienen derecho a participar activamente, si así lo desean, en la elaboración, seguimiento y realización de los diferentes 
Programas de Actividades que se elaboren periódicamente en el Centro, con la finalidad de mantener y/o recuperar el nivel de actividad más recomendable y de acuerdo con las directrices de la normativa legal aplicable a estos servicios.
9. Los Residentes, sus familiares y Responsables Legales tienen derecho a formular las reclamaciones y sugerencias que más oportunas consideren sobre el funcionamiento del Centro y la prestación de los servicios contratados, así como a recibir respuesta respecto de las reclamaciones presentadas. 
10. El Residente que vaya a permanecer ausente del Centro durante un período de tiempo no superior a sesenta días, podrá solicitar la baja temporal en el mismo con derecho a reserva de plaza. Dicha solicitud deberá ser presentada a la supervisión del Centro con siete días de antelación a la fecha en que haya de iniciarse la baja, con indicación precisa del período de tiempo para el que se solicita. Durante la duración de la baja temporal, el Residente con reserva de la plaza que ocupa, abonará la cantidad correspondiente a los servicios básicos.
11. Las ausencias del Residente por traslado a un centro sanitario, convalecencia o asistencia a un familiar, comportan la reserva de plaza, sin límite de tiempo.
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